Registro obligatorio del Uscis: los extranjeros que no pueden evadir este trámite si pasan más de un mes en EE.UU.
No cumplir con el trámite puede llevar a sanciones civiles y penales, que incluyen multas, encarcelamiento o cargos por delito menor
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A partir del 11 de abril de 2025, el gobierno estadounidense exige que ciertos inmigrantes se registren en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés). El trámite es obligatorio para algunos extranjeros que pasen más de un mes en el país.
Los extranjeros que no pueden evadir el registro
La agencia señala que una orden del presidente Donald Trump exigió que se retomarán las disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), la cual requiere que todos los extranjeros, con limitadas excepciones, hagan el registro y provean sus huellas dactilares.

De acuerdo con los especialistas del despacho legal Richards and Jurusik, LLP, estas son las personas que no pueden evadir el registro:
- Aquellas que permanezcan en EE.UU. durante 30 días o más y a quienes no se les haya asignado previamente un Número de Registro de Extranjero (Número A)
- Personas que solicitan beneficios de inmigración a EE.UU., incluidas: ajuste de estatus (formulario I-485); un permiso de reingreso (formulario I-131); beneficios de inmigración basados en el empleo; ciertas solicitudes de visa que requieren verificación biográfica
- No inmigrantes a quienes no se les tomaron las huellas dactilares ni se registraron previamente mediante una solicitud de visa
- Extranjeros que cumplan 14 años mientras se encuentren en EE.UU. (deben registrarse dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños 14)
- Padres o tutores legales de niños menores de 14 años (obligatorio registrar al niño)
Una vez que se haya hecho el trámite y presentado para la toma de huellas dactilares (a menos que se exima de este requisito), se emitirá evidencia del registro, misma que los extranjeros mayores de 18 años deben llevar y mantener consigo en todo momento.
¿Quién no necesita registrarse?
- No inmigrantes a quienes se les emitió el formulario I-94 al ingresar.
- Personas que ya hayan proporcionado sus huellas dactilares durante su proceso de visa o inmigración.
- Residentes permanentes legales (titulares de una green card).

Cómo hacer el trámite con el formulario G-325R: 5 pasos
El Uscis habilitó el formulario G-325R, el cual se debe llenar en línea. Para quienes no están seguros si deban registrarse, la agencia tiene una herramienta digital, llamada Determinación del Requisito de Registro de Extranjeros, que ayuda a los viajeros a través de preguntas sobre su estatus y estancia en EE.UU.
Cómo registrarse en 5 pasos:
- Paso 1. Crear una cuenta en línea en Uscis: se necesita crear un usuario en la página web de la agencia. Cada persona debe tener su propia cuenta, incluso los niños menores de 14 años (aunque en ese caso los padres o tutores la crean por ellos).
- Paso 2. Llenar y enviar el formulario G-325R: se debe completar el registro en línea con los datos personales. No se puede mandar por correo ni entregar en persona. Los padres o tutores legales de un menor deben hacerlo desde la cuenta del niño.
- Paso 3. Uscis revisará el formulario: después de enviar la información, la agencia revisará los datos. Si ya se está registrado (por ejemplo, si se tiene el formulario I-94), el Uscis avisará que no se necesita hacer nada más. En caso contrario, el extranjero puede ser citado para servicios biométricos.
- Paso 4. Asistir a la cita para toma de huellas (si es necesario): el Uscis programará una cita para servicios biométricos en uno de sus Centros de Asistencia para Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés). No se tiene que hacer un pago, pero no asistir puede resultar en una sanción penal.
- Paso 5. Recibir el comprobante de registro: una vez que se termine todo el proceso (incluyendo las huellas, si aplican), la agencia subirá el comprobante a la cuenta en línea. Se puede descargar e imprimir.

El organismo advierte que este registro no es un estatus migratorio, y la documentación no crea uno, tampoco no establece una autorización de empleo ni proporciona ningún otro derecho o beneficio bajo la INA o cualquier otra ley de EE.UU.
¿Qué pasa si no me registro?: sanciones y multas
El Uscis también indica que cualquier extranjero, incluido un padre o tutor legal, que deliberadamente no cumpla o se niegue a solicitar el registro o la toma de huellas dactilares (si es necesario), será culpable de un delito menor y, en caso de ser condenado, podría ser multado con no más de 5000 dólares o encarcelado por no más de seis meses, o ambas cosas.
Asimismo, que cualquier persona que haga una declaración falsa en un formulario G-325R, incluida la presentación de un registro falso o ficticio, puede estar sujeto a sanciones penales.
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